¿Quiénes son sujetos de lo regulado en el Decreto 99?
Son sujetos de esta norma jurídica, los trabajadores cuyo salario promedio incluye el pago por concepto de distribución de utilidades, por aplicación de sistemas de pago por resultado, por las actividades de pronto despacho y de trincaje que se aplican en la actividad portuaria, u otros pagos reconocidos legalmente, que no constituyen salario y que forman parte de la base de cálculo para las prestaciones a largo plazo, siempre que éste exceda la cuantía correspondiente al grupo de mayor complejidad de la escala salarial vigente (9 510 pesos).
¿A partir de qué fecha se aplica lo regulado en el Decreto 99?
Se aplica partir del 4 de enero, fecha en que se publicó en la Gaceta Oficial de República de Cuba.
¿A cuántos trabajadores pudiera aplicarse esta forma de cálculo?
De haber estado vigente la norma, por ejemplo, desde el 2022 solo se le hubiera aplicado al 0,8% del total de trabajadores que accedieron a la jubilación y en 2023 a 106 trabajadores, que representan el 0,07%.
¿Si un trabajador tiene más de un contrato de trabajo por concepto de pluriempleo y el ingreso promedio supera los 9 510 pesos, se le aplica lo regulado en esta norma?
Solo es aplicable lo regulado en la norma jurídica, siempre que, por uno de los contratos de trabajo, perciba ingresos por distribución de utilidades, por aplicación de sistemas de pago por resultado, por las actividades de pronto despacho y de trincaje que se aplican en la actividad portuaria, u otros pagos reconocidos legalmente, que no constituyen salario.
¿Cómo se realiza el cálculo de la pensión, cuándo los ingresos exceden los 9 510 pesos?
Se considera como base de cálculo de la pensión, el ciento por ciento (100%) de dicha cuantía, más el exceso minorado por la aplicación de la escala regresiva, de la forma siguiente:
Rangos de ingreso (Pesos) % a aplicar
Hasta 9 510 el 100 %
Exceso de 9 510 hasta 19 020 el 60%
Exceso de 19 020 hasta 28 530 el 40%
Exceso de 28 530 el 20%
Posteriormente se suman los resultados obtenidos y se define el nuevo salario promedio mensual ajustado, al que se le aplican los porcientos establecidos según los años trabajados.
Ejemplo de cálculo:
Un trabajador con 39 años de servicios, que tiene un salario promedio mensual de 25 000 pesos. (Al sumar los salarios del 2021 al 2023 y dividirlos entre los meses laborados)
UM: Pesos
Rangos del ingreso real Ingreso a considerar por rangos Tasa a aplicar (%) Salario promedio ajustado para la base de cálculo de la pensión
Hasta 9 510 9 510.00 100 9 510.00
Exceso de 9 510 hasta 19 020 9 510.00 60 5 706.00
Exceso de 19 020 hasta 28 530 5 980.00 40 2 392.00
Total 25 000.00 17 608.00
Al aplicar el cálculo al exceso minorado se obtiene un nuevo salario promedio mensual ajustado de 17 608.00 pesos, al que se le aplica el 78 % por los 39 años laborados y se obtiene una pensión de 13 735.00 pesos.